LEY DE TRANSPARENCIA
Federación Canaria de Luchas y m.a.
ley de transparencia
canarias con el deporte
La Federación Canaria de Luchas Y M.A. ejerce las funciones que se especifican en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, de Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas.
Las Federaciones Deportivas Españolas son entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades propias de su gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación de las especialidades deportivas que corresponden a cada una de sus modalidades deportivas.
. Bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes ejercen funciones públicas de carácter administrativo que se especifican en dichos artículos.
. Asimismo, en coordinación con las Federaciones de ámbito autonómico, actuará en la promoción general del deporte de la Lucha en todo el territorio nacional.
- Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
- Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, de Federaciones Deportivas Españolas.
- Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Españolas.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
- Animar a educadores y padres de familia a practicar los valores y educar en ellos.
- Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva.
- Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
- La relativa a la lucha contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
- La relativa a las enseñanzas deportivas.
- Resolución de Concesión 2025
- Resolución provisional-1P-2025
- Resolución provisional-1219-2025
- Resolución provisional-r-813-2025
- Resolución provisional-813-2025
- Resolución Definitiva 1º PERIODO 2024
- Resolución 117 Provisional 3º periodo Desplazamientos 2024
- 3.- Resolución Provisional 2P 2024 con Anexos
La Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias incorpora la necesidad de que las Federaciones Deportivas Canarias se doten de un código de buen gobierno, inspirados en los principios de democracia y participación, estableciendo el artículo 69 de la citada Ley de la Actividad Física y el Deporte de Canarias el contenido mínimo de las obligaciones de las Federaciones Deportivas Canarias.
El presente documento nace con la voluntad de mejorar la transparencia y el buen gobierno de la Federación Canaria de Luchas M.A. en el cumplimiento de sus obligaciones legales de
acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2019, de 30 de enero, así como las obligaciones, de
carácter básico, de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Federación Canaria de Luchas y M.A.
Canal de denuncias
Prevención de irregularidades.
Conforme a la la directiva Whistleblowing y la ley 2/2023, del 20 de febrero
Compromiso de transparencia
- El responsable autónomo e imparcial realizará el seguimiento e investigación de las denuncias.
- Se emitirá un acuse de recibo de la denuncia en un plazo no superior a 7 días desde su recepción.
- Solo podrán acceder a las denuncias el personal autorizado.
- Se les proporcionará información y asesoramiento respecto a los procedimientos y recursos a su disposición.
Asistencia de las autoridades competentes para garantizar su protección frente a posibles represalias.

Las personas puedan denunciar prácticas que consideren delictivas de manera segura y garantizando la confidencialidad de su identidad.
Buzón de denuncias
Haznos llegar tu reclamación puedes enviarnos un texto o un audio grabado que será confidencial, si decides pedir una cita presencial necesitaremos un email de contacto u teléfono para concertar el encuentro siempre respetando tu confidencialidad según marca la ley.
canal anónimo de denuncias
Ley 2/2023, de 20 de febrero
El canal de denuncias es una herramienta para garantizar la protección de todas las personas que informen sobre cualquier infracción en el entorno de LA Federación Canaria de Luchas Y M.A. Nos permite comunicar de manera confidencial las actividades y conductas potencialmente irregulares que puedan suponer un incumplimiento del Código de Conducta.
- El sistema garantiza confidencialidad en cuanto a la identidad de la persona que informa y de las personas que se mencionan en la comunicación. Sólo tendrán acceso a esta información las personas autorizadas.
- El canal permiti que se pueda transmitir la información sobre las infracciones cometidas de forma fácil y rápida.
- Se posibilita que la información se presente bien por escrito o de forma verbal.
- La entidad dispone de un gestor de denuncias responsable del seguimiento (persona/ equipo).
- Existe un procedimiento de gestión de la información que se recibe.
- Las denuncias se almacenarán durante un tiempo determinado. La ley recoger que los informantes estarán protegidos durante un periodo de 2 años.
- Se entregará comprobante en forma de respuesta vía email o mensaje de texto, al denunciante y fijar las garantías para protegerle dentro de la propia entidad.
- El sistema de información es independiente y está diferenciado respecto a otros sistemas internos de información.
- Se establece una política relativa a los principios del sistema interno de información y de la defensa del informante.


Tipos de comunicaciones
Podrán ser: presenciales, telefónicas o por mensajería de voz, o por escrito.

Envía un correo electrónico
Utiliza nuestro Buzón de denuncias donde sólo recogeremos los datos que nos facilites respetando tu confidencialidad.
